La Privatopía

Por Baneste






Privatopía es un término compuesto por la unión de las palabras “privada” y “utopía” y que designa de manera genérica el modelo de desarrollo urbanístico categorizado como complejos habitacionales amurallados, con gran expansión en los Estados Unidos, en donde existen en algunas de sus formas desde mediados del siglo XIX. Pero este término también se refiere a la forma organizacional en que las personas que viven en ese tipo de comunidades son gobernadas, en una variante de subgobierno diferente al de la municipalidad y del estado, considerándose de carácter privado; es decir, no público.


El autor Evan McKenzie aborda este fenómeno de manera brillante en sus obras “Privatopia: Home Owner Associations and the Rise of Residential Private Government” (1994) y “Beyond Privatopia: Rethinking Residential Private Government”(2011)*, aunque no es el único investigador que se ha interesado en este tema, pues también lo han hecho, entre otros, Stanley Scott (varios trabajos pioneros en el tema); Greg Barton y Carol Silverman (Common Interest Communities); Edward Blakely y Mary Gail Snyder (Fortress America); y Robert Dilger (Neighborhood Politics).*


Los modelos de complejos habitacionales amurallados son también conocidos como Proyectos de Interés Común (Common Interest Developements, CID) y comprende distintas variaciones, entre las que se destacan, residenciales en forma de ciudadelas, condominios de apartamentos y edificios de varios niveles con unidades de habitación individuales. Una característica común en todos ellos es que tienen algún tipo de “amurallamiento”, ya sea en la forma estricta de un muro circundante con portones guarnecidos, o bien, con alguna estructura de vigilancia y monitoreo permanente, que puede ser ejercido por guardias privados o un sistema de cámaras, o una combinación de ambos. Otro aspecto diferenciador de este modelo es que incluye sus propios sistemas de recreación (parques, canchas, salas comunes, etc.), tratamiento de basura y, en muchos casos, abastecimiento de agua. Pero en Estados Unidos también se distinguen porque son gobernados por alguna modalidad de lo que se conoce como Asociaciones de Propietarios (Home Owners Associations, HOA), que son organizadas por las instituciones que desarrollan el proyecto, es decir, las constructoras y financieras. Dichas asociaciones están integradas por voluntarios residentes del complejo habitacional y por representantes de las instituciones, teniendo a su cargo las funciones de cuido y mantenimiento, y principalmente, la aplicación de las regulaciones internas de la comunidad, que se refieren a asuntos tales como la permisibilidad o no de poseer mascotas, las horas de acceso a las áreas comunes, distribución de literatura político-religiosa, y hasta códigos de conducta. Por esto último es que tales organismos han sido criticados constantemente, al considerarse que se extralimitan en sus funciones e invaden el derecho de privacidad de las personas. Algunas controversias entre residentes y estas asociaciones han llegado a las cortes de justicia, en donde ha quedado de manifiesto la amenaza que dichos organismos representan en contra de las libertades individuales constitucionales.


La razón por la que este modelo se ha extendido tan ampliamente en los Estados Unidos, en donde se estima que un 5% de la población vive en este tipo de comunidades, es por la combinación de intereses entre las municipalidades y los inversionistas. Por un lado, los gobiernos municipales están interesados en tener más gente pagando impuestos sin tener que incurrir en mayores gastos en proveer los servicios básicos; y por otro, ante el encarecimiento de la tierra en las áreas de gran concentración urbana, las empresas constructoras optimizan el uso de ésta para hacer atractivos sus proyectos habitacionales ante la vista de los clientes, proveyéndoles con sus propios espacios recreacionales y de seguridad privada, para compensar por la falta de un patio o jardín grande en cada unidad habitacional, justificando de este modo el alto precio de venta. Esto también explicaría el por qué es muy raro ver este tipo de complejos habitacionales en poder de una cooperativa, ya que la municipalidad estaría tratando con una sola persona jurídica en vez de cientos de individuos pagadores de impuestos.


Sin embargo, este modelo de comunidad contiene aspectos interesantes que podrían ser integrados en la concepción de Comités Vecinales de Sobrevivencia, como lo son el control de recursos vitales como el agua, funciones de abastecimiento y seguridad interna, y la autonomía con respecto a las autoridades municipales o estatales, lo cual implicaría la abolición gradual de los impuestos.

Fuentes consultadas:


Privatopia: Home Owner Associations and the Rise of Residential Private Government (Privatopía: Las Asociaciones de Propietarios de Vivienda y el Aumento de los Gobiernos Residenciales Privados).




Beyond Privatopia: Rethinking Residential Private Government (Más Allá de la Privatopía: Repensando el Gobierno Residencial Privado).


* Common Interest Communities (Comunidades de Interés Común).


Fortress America (Estados Unidos Fortificado).


Neighborhood Politics (Política de Vencindario).

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